Se ha publicado en el diario “El Peruano” la Ley N° 30994, denominada como Ley del Deportista de Alto Nivel, Ley que tiene por objeto establecer normas y medidas destinadas a facilitar la formación del deportista, así como contribuir a la preparación y asegurar el retiro de éste en condiciones dignas a través del otorgamiento de beneficios que contribuirán a su mantenimiento antes y después de su retiro profesional.
El Estado, léase Ministerio de Educación y el Instituto Peruano del Deporte, suscribirán un contrato laboral especial con los deportistas de alto nivel, con fin de reconocer su dedicación al deporte y esfuerzo mientras califiquen como tal, para ello el Estado establecerá las condiciones y requisitos para que estos deportistas gocen de una pensión acorde con el período de sus aportes, desde su formación hasta su retiro.
De la misma forma, el Instituto Peruano del Deporte en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo podrán suscribir convenios con las entidades públicas y privadas a fin de facilitar la inserción laboral de los deportistas de alto nivel luego de producirse su retiro.
Nota
La norma considera deportista calificado de alto nivel a quien representa al país en eventos internacionales oficiales y obtiene resultados conforme a lo establecido por la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. Asimismo, el deportista de alto nivel con discapacidad es quien se encuentra inscrito en el Registro del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y cumple con los requisitos establecidos por el Instituto Peruano del Deporte en coordinación con otros organismos vinculados.
Descargar la Ley del Deportista de Alto Nivel